Últimos cambios para pilotos de UAV de la Autoridad Federal de Aviación

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Últimos cambios para pilotos de UAV de la Autoridad Federal de Aviación

Últimos cambios para pilotos de UAV de la Autoridad Federal de Aviación

Por supuesto, todas las consideraciones hechas hasta ahora deben estar subordinadas a los requisitos de la legislación de la UE y la implementación en la legislación nacional respectiva. Esto presenta a las empresas ejecutoras, y sobre todo a las formadoras, grandes desafíos. Por supuesto, queremos facilitar al máximo a los pilotos el uso de sus drones en operaciones topográficas, pero por otro lado damos mucha importancia al cumplimiento de la normativa vigente para no mermar la aceptación del uso de UAV y ponerlo a prueba una y otra vez. Estamos en estrecho contacto e intercambio con las autoridades de aviación para encontrar soluciones viables. En relación con la implementación de la nueva legislación EASA, a menudo podemos observar que las personas la ignoran deliberadamente porque se ha vuelto demasiado complicada. Esto es peligroso y puede conducir a muchas nuevas regulaciones y prohibiciones. No queremos eso. Por lo tanto, recomendamos una formación detallada en la que mostramos cómo y cuándo trabajar con UAV con un esfuerzo razonable.

Tratamos de asignar tantos vuelos como sea posible a la categoría abierta, pero la mayoría de las veces estamos en entornos difíciles, con personas no involucradas en el área de grabación, grupos de personas o en terreno urbano (centro de la ciudad) a menudo cerca o directamente sobre autopistas, federales carreteras y otras restricciones de tráfico. Entonces se trata de la categoría que requiere aprobación (Certificado). Esto siempre requiere una licencia de operación y un SORA (Specific Operations Risk Assessment) o ConOps (Concept of Operation), y eso complica las cosas.

Hasta el momento, de acuerdo con la nueva regulación de la UE, no se ha hecho distinción entre uso comercial y privado para la operación de UAS en la categoría abierta. - Hasta aquí -

Porque ahora, a principios de año, el Ministerio Federal de Asuntos Digitales y Transportes emitió lo siguiente:

Siempre se debe mantener una distancia horizontal mínima de 30 metros con las personas ajenas. Si el UAS se opera en un modo de vuelo lento separado y el operador se asegura de que no se exceda una velocidad máxima de 3 m/s, la distancia horizontal mínima es de 5 metros….

¿No se hablaba de 50 metros en el reglamento transitorio (hasta el 31.12.2022 de diciembre de XNUMX) con UAS existentes? ¡Correcto! Sin embargo, según el ministerio, "estas limitaciones limitan severamente las capacidades de los UAS en áreas urbanas y, a menudo, hacen imposible su operación en la categoría abierta en entornos urbanos".

Ahora podemos volar un poco más cerca de los transeúntes con nuestros drones existentes y un certificado de piloto de larga distancia A2. Por supuesto, todas las demás reglas (por ejemplo, la regla 1:1) aún se aplican, pero aquí hay algo de alivio. Pero... desafortunadamente este decreto solo es válido hasta el 31.08.2022 de agosto de XNUMX, por lo que solo podemos estar realmente felices por un corto tiempo.

Desde nuestro punto de vista, tarde o temprano todos los que utilizamos los UAS en un entorno profesional no podremos evitar el paquete SORA ConOps. ¿Todas las preguntas sobre el certificado de piloto de larga distancia A2, SORA-ConOps u otros temas relacionados con el uso de UAS en el área de topografía se explican en detalle en nuestro plan de formación para "topógrafos voladores"?

2022-02-24T15:33:44+01:00

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